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Documento BOE-B-2012-12701

Anuncio del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales por el que se comunica a Filmtropía Producciones, Sociedad Limitada, el inicio del procedimiento de reintegro del importe percibido por la Ayuda para el Desarrollo de Proyecto de películas cinematográficas de largometraje.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 17 de abril de 2012, páginas 17143 a 17143 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2012-12701

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a Filmtropía Producciones, Sociedad Limitada, la comunicación de fecha 8 de febrero de 2012, de la Directora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se acuerda el inicio del procedimiento de reintegro de la ayuda concedida para el desarrollo del proyecto titulado "Allende 11 de septiembre", ante la imposibilidad de practicarla tras haberse intentado en el último domicilio conocido de la empresa.

La comunicación que se notifica no se publica en su integridad, encontrándose a disposición del interesado el texto íntegro de la misma, así como la totalidad de los documentos obrantes en el expediente, en la sede del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual. Plaza del Rey, 1. 28071 Madrid.

El interesado dispone de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, para la formulación de alegaciones y presentación de los documentos que estime convenientes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 94.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Si transcurrido dicho plazo no hubiera comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer y se dictarán, sin más trámite, las oportunas resoluciones.

Madrid, 2 de abril de 2012.- La Subdirectora General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual.

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