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Documento BOE-B-2012-12532

Anuncio de subasta extrajudicial en la Notaría de Don Luis Pareja Cerdó, en Palma de Mallorca.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2012, páginas 16928 a 16928 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-12532

TEXTO

Don Luis Pareja Cerdó, Notario de Palma de Mallorca, con despacho en el Paseo del Borne, número 23, entresuelo, Palma de Mallorca,

Hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca:

URBANA NÚMERO DIECINUEVE DE ORDEN.-Vivienda posterior del piso cuarto, tipo G, puerta diecinueve, del edificio M, bloque X, en Son Gotleu, calle Tomás Rullán, número cincuenta y ocho, del término de Palma de Mallorca. Ocupa una superficie útil de SETENTA Y DOS METROS, CINCO DECÍMETROS CUADRADOS, y construidos de OCHENTA Y CINCO METROS, TREINTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS.

INSCRIPCIÓN: Registro de la Propiedad número 9 de Palma de Mallorca, Tomo 6.126, libro 488 de Palma VIII, folio 83, finca número 26.998.

Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a efecto bajo las siguientes condiciones:

Uno. Tendrá lugar en mi Notaría, una única subasta el día 11 de mayo de 2012, a las diez horas, siendo el tipo de subasta el de CIENTO CINCUENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN EUROS (150.651,00 Euros), con arreglo al artículo 12 del Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo.

Dos. La documentación y certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes.

Tres. Los licitadores, salvo acreedor, deberán consignar, previamente a la subasta en esta Notaría, una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo que corresponda a la subasta.

Cuatro. Desde el anuncio pueden hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.

Cinco. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remante a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Palma de Mallorca, 11 de abril de 2012.- El Notario.

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