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Documento BOE-B-2012-12356

Anuncio de la Notaría de Doña Rocío Rodríguez Martín, Notario de Madrid, sobre anulación de subasta y convocatoria de una nueva en procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 14 de abril de 2012, páginas 16673 a 16674 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-12356

TEXTO

Yo, Rocío Rodríguez Martín, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en la Capital, hago constar:

I. Que en mi Notaría, sita en Madrid, 28039, calle Sánchez Preciado, número 29, local, se tramita venta extrajudicial por medio de subasta, a instancia de la Entidad Banco Español de Crédito, S.A., de la siguiente finca:

Urbana Ciento Ochenta y Uno.-Vivienda Primero Letra "I" situada en planta primera del portal número nueve de la calle Gerardo de Diego, de Madrid, distrito municipal de Vallecas. Tiene una superficie construida de noventa y nueve metros setenta y nueve decímetros cuadrados y una superficie útil de setenta y seis metros sesenta y cinco decímetros cuadrados. Linda: Frente, por donde tiene su entrada, con espacios comunes; Derecha entrando, hueco de ascensor y espacios libres en parcela de su situación; Izquierda, vivienda letra J de su misma planta y portal; y Fondo, espacios libres en parcela de su situación. Consta de distribuidor, salón-comedor, tres dormitorios, dos baños y tendederos. CUOTA. Se le asignó una cuota de participación en el valor total y elementos comunes de la parcela del 0,49 por ciento y una cuota de participación en los gastos del portal al que pertenece del 1,13 por ciento.

Inscripción: Registro de la Propiedad número diez de Madrid, al tomo 1.222, libro 1.210, folio 18, finca número 113.424.

II. Que en el Boletín Oficial del Estado número 56, de fecha 6 de marzo de 2012, se anunció la convocatoria de primera subasta para el día 18 de abril de 2012, a las once horas, la segunda, en su caso, para el día 23 de mayo de 2012, a las once horas y la tercera, en el suyo, para el día 26 de junio de 2012, a las once horas.

III. Que como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de Marzo, de Medidas Urgentes de Protección de Deudores Hipotecarios sin Recursos, se ha producido una modificación sustantiva de los derechos de los deudores hipotecarios y del procedimiento de ejecución extrajudicial, que afecta al que se está tramitando en mi Notaría, al ser la vivienda habitual del deudor, según consta en la escritura de préstamo.

IV. Que en base a todo lo anterior queda anulado el anterior anuncio de convocatoria de subasta y se sustituye por éste:

1. La subasta se celebrará en mi despaho, anteriormente referido, sito en la calle Sánchez Preciado, número 29, Local, de Madrid, 28039, el día VEINTITRES DE MAYO DE DOS MIL DOCE, a las ONCE HORAS.

2. Para tomar parte en la subasta los postores, con excepción del acreedor, deberán consignar una cantidad equivalente al TREINTA POR CIENTO (30,00%) del tipo, debiendo presentar en esta Notaría con carácter previo, cheque bancario por la citada cantidad o resguardo de haber efectuado el depósito de la misma en la cuenta corriente número 0030-1455-21-0001324271, abierta en la Entidad Banco Español de Crédito, S.A., Sucursal 1455 de Madrid, calle San Gerardo, número 2.

3. La documentación y certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en mi Notaría de Lunes a Viernes (no festivos), en horario de 10,00 a 14,00 horas. Se entenderá que todo licitador, por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

4. Se señala una única subasta para la que servirá de tipo el pactado en la escritura de constitución de hipoteca, es decir, TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN EUROS (318.451,00 €). No obstante, si se presentaran posturas por un importe igual o superior al SETENTA POR CIENTO (70,00%) del valor por el que el bien hubiera salido a subasta, se entenderá adjudicada la finca a quién presente la mejor postura.

5. Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al SETENTA POR CIENTO (70,00%) del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al SETENTA POR CIENTO (70,00%) del valor de tasación o que, aún inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

6. Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca o fincas por importe igual o superior al SESENTA POR CIENTO (60,00%) del valor de tasación.

7. Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quién haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el CINCUENTA POR CIENTO (50,00%) del valor de tasación o, siendo interior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

8. Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al SESENTA POR CIENTO (60,00%) del valor de tasación.

9. Si el acreddor no hiciere uso de la facultad a que se refiere el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el artículo 236.n del Reglamento Hipotecario (si quedaren desiertas las subastas celebradas y el acreedor no hiciere uso del derecho de adjudicarse los bienes ejecutados, el Notario dará por terminada la ejecución y cerrará y protocolizará el acta, quedando expedita la vía judicial que corresponda).

En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo dispuesto en los artículos 234 al 236 del Reglamento Hipotecario.

Madrid, 13 de abril de 2012.- Rocío Rodríguez Martín, Notario de Madrid.

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