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Documento BOE-B-2012-12178

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 14 de abril de 2012, páginas 16433 a 16433 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-12178

TEXTO

D.ª Lucía Peces Gómez, Secretaría Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, hago saber:

Que en la presente sección V, de convenio, número 19/2011 referente a la concursada Hiper Obras de Extremadura, S.L., con CIF B-06.254.882 se ha dictado Sentencia 49/2012 cuya encabezamiento y fallo son del contenido literal siguiente:

Sentencia n.º 49/12

En Badajoz a 16 de marzo de 2012

Vistos por la Ilma. Sra. D.ª Esther Sara Vila, Magistrado-Juez del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, los presentes autos de procedimiento Sección V Convenio 0000019 /2011, del concursado Hiper Obras de Extremadura, S.L., representado por el Procurador de los tribunales, D.ª María del Carmen Pessini Díaz, y defendido por los Letrados don Ricardo Astorga Morano y don Sergio Velázquez Gil.

Fallo

1. Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por "Hiper Obras de Extremadura, S.L.". que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC.

2. Se acuerda el cese en su cargo del administrador concursal. Hágasele saber que deberá presentar su rendición de cuentas de su entera actuación en el plazo de un mes.

3. Hágase saber a la concursada su obligación de informar con periodicidad semestral contada desde la fecha de esta sentencia, acerca del cumplimiento del convenio.

4. Notifíquese la sentencia a la concursada, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

5. Publíquese la presente en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6. Líbrense los mandamientos correspondientes, en su caso, para la inscripción de la sentencia, una vez que la misma sea firme.

7. Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Hágase saber a los acreedores o a cualquiera titulares de un interés legítimo que dentro del plazo de diez días pueden personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Badajoz, 30 de marzo de 2012.- Secretaria Judicial.

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