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Documento BOE-B-2012-10481

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 29 de marzo de 2012, páginas 14062 a 14062 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-10481

TEXTO

Edicto

Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 14/2012, seguido a instancias del procurador D. Francisco Ojeda Rodríguez, en nombre y representación de Rafevaseroli, S.L., y Dolmen Canarias, S.A., se ha dictado auto el día 9 de marzo de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Rafevaseroli, S.L., y Dolmen Canarias, S.A., Con cif y cif, nº B35317874 y A35201292, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la ley concursal el presente edicto se insertará en el registro público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designa como administrador del concurso a: don Ricardo Riera Antúnez, que ha designado como domicilio postal el de las palmas de gran canaria, en su calle Chopen núm. 22 bajo; con móvil: 676 24 53 96; tlfno.: 928 20 91 75; fax 928 20 91 42 y e-mail: ricardo@rieraasesores.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda su intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal, en la dirección indicada anteriormente, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la ley 22/2003, de 9 de julio, concursal en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 LC).

D. Alberto Lopez Villarrubia, Magistrado Juez. Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a judicial. - firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la ley concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 19 de marzo de 2012.- Secretaria Judicial.

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