El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vigo, en uso de las facultades que le confiere el artículo 40.5.ñ), de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por la disposición final segunda diez. ñ) de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General.
En sesión ordinaria de fecha 25 de junio de 2010, ha resuelto:
1. Otorgar al Real Club Náutico de Vigo, concesión administrativa con destino a la explotación de una instalación náutico deportiva en la dársena de A Laxe del puerto de Vigo. Superficie: 15.000 metros cuadrados de lámina de agua, y una superficie en tierra de 280 metros cuadrados, y siete escaleras de piedra que dan acceso a la lámina de agua. Plazo: Diez años. Tasas: Ocupación privativa 3,67 euros metro cuadrado y año, en concepto de ocupación de lámina de agua, y para superficie en tierra 11,71 euros metro cuadrado y año. Aprovechamiento especial: Se establece en el uno con diez por ciento sobre el volumen de negocio que se genere por todas las actividades y con una actividad mínima de 600.000 euros anuales.
En sesión ordinaria de fecha 26 de noviembre de 2010 ha resuelto:
1. Otorgar al Real Club Náutico, concesión administrativa para la ocupación de dominio público portuario con destino a la explotación de una instalación náutico deportiva en la dársena de la zona central del puerto de Vigo. Superficie: 38.000 metros cuadrados de lámina de agua y 543 metros cuadrados de superficie en tierra de uso exclusivo del concesionario, y 4.250 metros cuadrados de superficie en tierra de uso público. Plazo: Treinta y cinco años.Tasas: Ocupación privativa 3,67 euros metro cuadrado y año, para la lámina de agua y 11,71 euros anuales para la superficie en tierra y 83.746,16 euros anuales por ocupación de obras y 59.818,69 euros anuales en concepto de depreciación de las obras con una vida útil de 35 años. Aprovechamiento especial: Se establece en el uno con diez por ciento sobre el volumen de negocio que se genere por la actividad desarrollada en la concesión, estableciéndose como actividad mínima la cantidad de 1.200.000 euros anuales.
Vigo, 9 de marzo de 2011.- La Presidenta, Corina Porro Martínez.
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