D. Virginio Sánchez Barberán, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm 1 de Alicante,
Por el presente hago saber: Que en el presente procedimiento concursal n.º 5/10, seguido a instancia del deudor Pedro Boj Quereda, con DNI n.º 21.447.468-Z, se ha dictado sentencia de fecha 26/11/10, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo: Que se proceda aprobar el convenio aceptado en junta de fecha 12 de noviembre de 2010, declarando la terminación de la fase Común del concurso con todos sus efectos legales inherentes, cesando los administradores concursales en el cargo debiendo rendir cuenta de su gestión en el plazo de ocho días, continuando desempeñando su cargo a efectos de tramitar a sección de calificación.
Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art.167 LC
Dentro de los cinco días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuánto considera relevante para la calificación del concurso como culpables (art 168 LC).
Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los arts. 23 y 24 LC.
Firme la presente resolución, líbrese oficio al BOE que sera entregado al procurador del concursado para su gestión.
Y para que conste el presente.
Alicante, 26 de noviembre de 2010.- El Secretario.
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