El Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Ourense, anuncia:
Que el procedimiento concursal número concurso abreviado 0001056/2009 referente al concursado Maderas Hijos de Montero, Sociedad Anónima, por auto del día de la fecha se ha acordado lo siguiente:
1.-Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 3 de diciembre de 2010, por no haberse presentado ninguna propuesta de convenio.
2.-Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores prevista para el día 28 de marzo de 2011.
3.-Abrir de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 de la Ley Concursal.
4.-La disolución de la entidad Maderas Hijos de Montero, Sociedad Anónima, y la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Ourense, 15 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.
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