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Documento BOE-B-2011-8733

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 62, de 14 de marzo de 2011, páginas 26824 a 26824 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-8733

TEXTO

Edicto de aprobación de convenio

Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona y Provincia.

Hago saber: que en los Concursos número 388/09 y 389/09 seguidos en este Juzgado a instancia del Procurador señor Ángel Joaniquet Tamburini en nombre de Modesto Mora Carretero y Ana María Goded Rodríguez, se ha dictado por la Magistrada-Juez Marta Cervera Martínez en fecha 16 de febrero de 2011, Sentencia aprobando Convenio cuyo Fallo es del tenor siguiente:

Fallo

La aprobación del convenio de acreedores de Modesto Mora Carretero y Ana María Goded Rodríguez sometido a votación el 12 de noviembre de 2010, adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.

Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio del auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia, se abre el plazo de diez días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

La sentencia que apruebe el convenio debe de ser publicitada en la forma prevista en el artículo 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso.

No hay condena en costas.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Barcelona, 18 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.

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