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Documento BOE-B-2011-835

Anuncio de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla de aprobación del proyecto del nuevo embalse de seguridad para reserva de agua en zona de la estación de tratamiento de agua potable de Sierra de la Espada, término municipal de Molina de Segura. Murcia.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2011, páginas 1784 a 1786 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2011-835

TEXTO

El presente proyecto, cuyo promotor y órgano sustantivo es la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, ha sido sometido al procedimiento reglado de Evaluación de Impacto Ambiental según el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos.

Las obras consisten fundamentalmente en la ejecución de una nueva balsa de seguridad de 250.000 m³ de capacidad (la cual se conecta directamente con la Estación de Bombeo del Tinajón), con el fin de disponer de un volumen de almacenamiento suficiente en la E.T.A.P. de Sierra de la Espada.

Además de la obra principal, se llevarán a cabo una obra de captación de agua, desagüe de fondo mediante tubería de 500 mm., conducción para la evacuación del embalse muerte de la balsa mediante conducción de diámetro 250 mm.. aliviadero de seguridad y vertedero, vallado perimetral de la balsa, así como accesos a las diferentes arquetas y casetas de conexión proyectadas.

El presupuesto base de licitación del proyecto redactado asciende a la cantidad de 14.283.913,97 Euros.

Con fecha 10 de agosto de 2009, se emite la Resolución de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, de la Declaración de Impacto Ambiental favorable del citado proyecto.

A continuación, se desarrolla la información que ha de contener el documento para la publicidad del proyecto autorizado según el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyecto:

1. Contenido de la decisión y condiciones impuestas:

El presente proyecto ha sido promovido por la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, actuando como órgano sustantivo a su vez, este mismo organismo.

Con fecha 3 de diciembre de 2010, e incorporados al expediente el Acta de replanteo del Proyecto, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir en el contrato y el certificado de existencia de crédito expedido por el Servicio de Contabilidad del Organismo, se propone al Comité Ejecutivo de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, aprobar el "Proyecto 07/08 de nuevo embalse de seguridad para reserva de agua en la zona de la E.T.A.P. de Sierra de la Espada. T.M. de Molina de Segura (MU/MURCIA)".

Del mismo modo, se propone la aprobación del expediente de contratación e iniciación del procedimiento de adjudicación de las obras comprendidas en el citado proyecto.

2. Principales consideraciones en las que se basa la decisión, en relación con las observaciones y opiniones expresada durante la Evaluación de Impacto Ambiental.

Durante la fase de consultas e información pública del estudio de impacto ambiental del proyecto, se recibieron una serie de contestaciones y consideraciones de diferentes administraciones, organizaciones y particulares respecto a las características del proyecto, así como del estudio de impacto ambiental.

Realmente, la decisión de la realización o aprobación del proyecto no se basa en ninguna de las alegaciones recibidas, sino que se fundamenta principalmente en la necesidad de la ejecución de éste, ya que se trata de una obra hidráulica de necesidad prioritaria y básica, cuyo principio fundamental es el abastecimiento de agua para consumo humano a diferentes poblaciones.

A pesar de esto, las principales consideraciones propuestas que se han tenido en cuenta a la hora de la redacción tanto del proyecto, como del estudio de impacto ambiental de éste, son las que se resumen continuación:

- Afección al Dominio Público Hidráulico y a sus zonas de policía y servidumbre.

- Descripción de los efectos que provocará la modificación de pendientes aguas arriba y aguas debajo de la actuación sobre los procesos de escorrentía, incluso en régimen de avenidas.

- La posible afección sobre las aguas superficiales y/o subterráneas debido a posibles vertidos que pudieran producirse durante las fases de construcción y explotación.

- Realización de Estudios específicos de flora y fauna.

3. Descripción de las principales medidas para evitar, reducir y/o anular los principales efectos adversos.

Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras propuestas.

ELEMENTO DEL MEDIO

MEDIDA AMBIENTAL PROPUESTA

Atmósfera

Riegos periódicos en zonas en las que se pueda generar polvo.

Transporte de material con carga cubierta.

Se reglarán todos los motores de la maquinaria y vehículos de carga.

Se exigirá el cumplimiento de lo referente a la I.T.V.

Para limitar la contaminación acústica no se trabajará durante la noche entre la 23 y las 7 horas.

Hidrología

Restitución hidrológica mediante la realización de un cuentón de desvío de sección trapecial, para el encauzamiento de las aguas.

Control de vertidos y calidad de las aguas.

Realización de cruces de la conducción sobre cauces durante la época de estiaje (junio-septiembre).

Restauración inmediata de los cauces afectados.

Suelo

Minimización de la superficie de afección. Estaquillado de la zona de las obras.

Señalización de las zonas de actuación y sus límites, así como zonas de ocupación temporal y permanente.

Prevención de la erosión mediante el control y protección de las pendientes.

Retirada, almacenamiento y conservación de la capa superficial del suelo (tierra vegetal).

Gestión de residuos.

Balizamiento del parque de maquinaria e impermeabilización del suelo de éste.

Vegetación

Jalonamiento de las diferentes zonas de las obras, especialmente zonas naturales y hábitats de interés comunitario del entorno de la zona de actuación.

Las instalaciones auxiliares se ubicarán en zonas que no supongan una afección a la vegetación existente y/o zonas catalogadas.

Anclaje de la nueva línea eléctrica al puente de la tubería existente, para evitar la afección a la vegetación riparia del cauce de la Rambla del Carrizalejo.

El tramo inicial de la tubería discurrirá de modo exterior mediante el anclaje al terreno, para no afectar a las especies vegetales del hábitat de interés comunitario presente en la zona de actuación.

Fauna

Verificación de la no afección a nidos de terrera común ni tórtola europea antes del inicio de las obras.

Cruce de cauces de arroyos en los puntos de menor profundidad posible (época de estiaje).

Limitar ka duración de la apertura de la zanja para evitar el "efecto barrera", así como su longitud, no superando los 600-700 metros de zanja abierta.

Revisión de la zanja sobre posible individuos atrapados, en especial anfibios y reptiles.

Soterramiento de la totalidad de la línea eléctrica a instalar.

Paisaje

Restauración de las zonas de ocupación temporal mediante subsolado y extendido de tierra vegetal.

Acondicionamiento topográfico y restauración del entorno de la balsa mediante el extendido de la capa de tierra vegetal y plantación con especies vegetales autóctonas.

Revestimiento de la pared exterior de la chimenea de equilibrio con piedra, para reducir el efecto visual de ésta.

Retirada de residuos de obra y limpieza final del terreno.

Patrimonio cultural

Se establece un área de protección de 40 metros de diámetro alrededor de la casa-cueva cercana a la actuación catalogada como bien etnográfico.

La aplicación de estas medidas (propuestas por el promotor), junto con las recogidas en el siguiente apartado (las establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto), garantizarán la compatibilidad del proyecto con la conservación del medio ambiente de la zona. A continuación, se hace un breve resumen de las medidas propuestas. Estas son:

- La conducción de descarga del aliviadero se prolongará de forma que vierta en algún punto de la zona situada entre los PP.KK. 0+090 y 0+540 de la conducción de gravedad enterrada, en caso de que sea técnicamente posible. En caso contrario, se aportará documentación justificativa y en su caso se aportarán nuevas alternativas a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, que decidirá sobre el trazado a adoptar.

- En dicha zona, el ancho de la banda de ocupación temporal no superará los 10 metros.

- Para evitar la afección a Teucrium libanitis y al galápago leproso (Mauremys leprosa), antes de iniciar las obras se realizarán batidas de prospección y recogida o rescate de los individuos localizados, en coordinación con la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia.

- Se realizará un seguimiento de la operatividad del cunetón de desvío de aguas perimetral a la balsa, durante los primeros cinco años de funcionamiento, cuyos resultados y conclusiones se remitirán a la administración hidráulica competente. Si se detectasen riesgos sobre las personas o los bienes de cualquier naturaleza, provocados por dicha canalización, se presentarán las medidas correctoras necesarias para minimizarlos, que deberán ser validadas por la administración hidráulica competente.

- Los lodos generados por decantación de partículas en la balsa durante la fase de operación no se verterán directamente, sino que se analizarán y se gestionarán de acuerdo a su caracterización.

- En caso de que se detecte una tasa elevada de mortalidad de fauna en la balsa, se estudiarán medidas de escape adicionales, o la posibilidad de cubrir la totalidad de la balsa.

- Cuando se determine el cese del uso de las instalaciones proyectadas, se procederá al desmantelamiento de las mismas de acuerdo con la normativa vigente, de forma que el terreno quede en las mismas condiciones que antes de iniciar la actividad y no se produzca daño alguno sobre el suelo o el entorno.

Cartagena, 22 de diciembre de 2010.- El Director, Andrés Martínez Francés.

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