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Documento BOE-B-2011-8277

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 10 de marzo de 2011, páginas 25435 a 25435 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-8277

TEXTO

Doña Gloria Morchón Izquierdo, Secretario/a Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Seccion I, Declaracion Concurso 0000002/2011, se ha dictado a instancias de Enerman, S.A., en fecha 22 de enero de 2011 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Enerman, S.A., con NIF n.º A80804859 y domicilio social en Parque Tecnológico de Boecillo, calle Pedro de Rivera, 13, Recinto 3, Boecillo 47151 (Valladolid).

2º.- Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal, mediante autorización.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 28 de enero de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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