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Documento BOE-B-2011-8128

ALMADÉN

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 2011, páginas 25250 a 25250 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-8128

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

En el Juicio Ordinario n.º 251/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Almadén, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia

En Almadén a 28 de septiembre de 2009.

Primero.- Con fecha 23 de marzo de 2006 se presentó por la Procuradora de los Tribunales doña Rosario Rayo Rubio en nombre y representación de don Luis Gallego Preciados Cárdenas demanda de Juicio Ordinario con la finalidad de resolver el contrato de compraventa celebrado el 2 de julio de 2001 con don Ángel Pontes Sánchez y doña Carmen Cañuelo Blanco.

Segundo.- La demanda fue admitida por auto de 7 de septiembre de 2006 en el que se dio traslado a la contraparte para que contestara dentro del plazo legalmente establecido no compareciendo la parte demanda, en virtud del art. 496.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se le declaró en rebeldía.

Fallo: Estimar la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Rosario Rayo Rubio en representación de don Luis Gallego Preciados Cárdenas contra don Ángel Pontes Sánchez y doña Carmen Cañuelo Blanco, declarando resuelto el contrato de compraventa celebrado el 2 de julio de 2001 entre don Luis Gallego Preciados Cárdenas y su esposa doña Ángela Cano Rubio como vendedores y don Ángel Pontes Sánchez y doña Carmen Cañuelo Blanco como compradores y ordenando la puesta a disposición a favor del demandante del inmueble sito en avenida del Norte, n.º 149, de Almadén.

Todo ello con expresa imposición de costas a la demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los 5 días siguientes al en que se notifique esta resolución, que deberá prepararse ante este Juzgado para que sea resuelto por la Audiencia Provincial.

Llévese el original al libro de sentencias y expídase testimonio para incorporarlo a las actuaciones.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Ángel Pontes Sánchez y Carmen Cañuelo Blanco, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Almadén, 28 de febrero de 2011.- Secretaria Judicial.

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