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Documento BOE-B-2011-7782

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 7 de marzo de 2011, páginas 24025 a 24025 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-7782

TEXTO

Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1°.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 223/2010 se ha dictado a instancias de Juan Forteza Adrover, José Miguel de Toro Romero, Francisco Javier de Toro Romero, Miguel Ángel García Cuartero Gabriel Company Pérez, María Victoria Herranz Gómez, Jorge Martínez Leal, Eugenio Najar Montells, Juan Carlos Planas Ferrer, Mónica Vázquez Lozano Guillermo Sampol Amer, Leandro López Pozuelo, Francisco Ricart Navarro, Guillermo Gari Oliver, Damián Sastre Calafat, Antonio Vidal González, María Esmeralda Ariza Jiménez, Cristofol Salas Durán, Mario Hidalgo Yenes, Pedro Unda Galdos, Bartolomé Genovard Abad, Gabriel A Ribas Planas, Diana Virginia Amor Matas, Jonathan Ortuño Molpeceres, Álvaro Tapia Hompanera, Marcos Galbusera Sala, Sara Victoria Calafat Wescott, Ramiro Muñoz Pérez del Río, Francisco Javier Pascual García, Jorge Mesa Churruca, Eduardo Fernando Ferrero Gijón, César Daniel Mir Mercancini, Carlos Julián Urquia García, David Santos Pérez, Crisanto Villacorta Rodríguez, Covadonga Rodríguez García, Ignacio Juliana González, Jesús Souto Lacambra, Alejandro Femenias Grande, Lorena Fuentes Expósito, Margarita Amelia Cerdá Roig, Silvia Fisas Quilez, Diego García Frías, Joseph Antony Mandilego Bauza, Miguel A Urdiales Álvarez, David Calvo Serrano en fecha 15 de noviembre de 2010 auto de declaración de concurso necesario de Baleares Link Express, Sociedad Limitada, con CIF número B57119232, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Palma Camí son Fangos 100, Edificio Mirall, A bajos, local 1A.

2°.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que serán sustituidas por la Administración concursal.

3.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4°.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 15 de noviembre de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.

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