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Documento BOE-B-2011-7570

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2011, páginas 23759 a 23759 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-7570

TEXTO

Edicto.

D.ª Yolanda Caballero Martín, Secretaria Judicial sustituta, del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 56/2009 referente al concursado "Procom Jomi, S.L." con CIF: B-84265339, por auto de fecha 23 de febrero de 2011, se ha acordado lo siguiente:

1. Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor "Procom Jomi, S.L.".

2. Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4. Se declara disuelta la entidad "Procom Jomi, S.L.", cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y en su caso la conversión en dine­ro de los que consistan en otras prestaciones.

6. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado.

Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7. Dado que consta presentado por el deudor Plan de Liquidación junto con el escrito de fecha 15 de septiembre de 2009 y puesto que se ha emitido informe definitivo, se confiere traslado a la Administración Concursal por plazo de diez días, a fin de que proceda a su evaluación o propuesta de modificación.

Las partes personadas y demás interesados podrán formular observaciones al plan de liquidación, asimismo en el plazo de diez días.

8. Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2.º de la LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Madrid, 23 de febrero de 2011.- La Secretario Judicial.

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