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Documento BOE-B-2011-6478

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2011, páginas 19670 a 19670 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-6478

TEXTO

Edicto

D./Dª. Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil núm. dos de Murcia, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado, con el nº sección I declaración del concurso 400/2010 se ha dictado a instancias de Conde Luxe Astar, S.L. con CIF B-73423014 en fecha 8 de febrero de 2011 auto de declaración de concurso voluntario de dicho deudor, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Murcia.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3º.- Ha sido designado Administrador único Don Julio Parra Salinas con despacho profesional en C/ Acíscalo Díaz, nº 2, teléfono 968241658.

4º.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse en la Ciudad de la Justicia- Fase I Servicio Común General, Sección 1ª Registro y Reparto, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 9 de febrero de 2011.- Secretario Judicial.

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