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Documento BOE-B-2011-5915

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 21 de febrero de 2011, páginas 18148 a 18148 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-5915

TEXTO

Edicto

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 0000007/ 2011 se ha dictado a instancias de Aluminios y Vidrios de Almendralejo, S.L., en fecha 7 de febrero de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Aluminios y Vidrios de Almendralejo, S.L., C.I.F. n.º B06427850, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Almendralejo (Badajoz) calle Tomás Bote Romero, número 24, Código Postal 06200.

2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal que estará integrada por:

Don Álvaro Campo Peña, Economista, con despacho profesional en Almendralejo (Badajoz), calle Cervantes, número 10, alto, Código Postal 06200.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de 15 días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 7 de febrero de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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