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Documento BOE-B-2011-5752

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2011, páginas 17922 a 17922 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-5752

TEXTO

Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el númeo sección I declaración concurso 0000005/2011 se ha dictado a instancias del Procurador Sr. don Juan Carlos Jiménez Giménez, en fecha 2 de febrero de 2011 auto de declaración de concurso voluntario de la deudora "Distribuciones Alimentarias Bimarca, Sociedad Limitada" con código de identificación fiscal B-50971241, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Zaragoza, Camino Cogullada, sin número, calle P, nave 3.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la deudora.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos reclativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza,, 2 de febrero de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

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