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Documento BOE-B-2011-5311

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2011, páginas 16316 a 16316 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-5311

TEXTO

Edicto.

Doña MARÍA VICTORIA BASANTA EIRAS, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 62/2010, seguido a instancias de la Procuradora doña Beatriz Santiago Cuesta, en nombre y representación de MICROCLIMA CANARIAS, S.L., con C.I.F. B-35.667.724 y domicilio social en avda. Federico García Lorca, 19, oficina 13, La Minilla, Las Palmas de G.C; se ha dictado Auto el día 4 de enero de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Microclima Canarias, S.L., el que se tramitará por el procedimiento concursal abreviado voluntario.

Se designa como Administrador Concursal a la letrada Ana Del Pino Quesada Canales por renuncia del anterior.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el BOE del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de m.u. en materia tributaria, financiera y concursal, art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado. Sin necesidad de comparecer en forma, podrán, en su caso, comunicar créditos y formular alegaciones (art. 184.3 L.C.).

D. JESUS ALEMANY EGUIDAZU, MAGISTRADO-JUEZ. Doña.-MARIA VICTORIA BASANTA EIRAS, Secretaria Judicial.-Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así comode notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de G.C., 2 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial.

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