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Documento BOE-B-2011-5132

TORTOSA

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 2011, páginas 14927 a 14927 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2011-5132

TEXTO

Edicto

Según lo acordado en los autos 271/10-MR, seguidos en este Juzgado Social único de Tortosa a instancia de Anais Elisa Marie Francoise Revel contra Fogasa; Planes Mes Amunt, Sociedad Limitada; Vinetum Iberi, Sociedad Limitada y Absolutus Oleum, Sociedad Limitada, por el presente se notifica a Planes Mes Amunt, Sociedad Limitada; Vinetum Iberi, Sociedad Limitada y Absolutus Oleum, Sociedad Limitada, en ignorado paradero y con último domicilio conocido en Ginestar y Barcelona, la sentencia dictada en los presentes autos en fecha 7 de diciembre de 2010, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice:

Que estimando la demanda formulada por doña Anais Elisa Marie Francoise Revel contra las empresas "Planes Mes Amunt, S.L."; "Vinetum Iberi,S.L."; "Absolutus Oleum, S.L." y el Fogasa, debo condenar y condeno a dichas empresas a que abonen solidariamente a la actora la suma de 3.112,77 €, más el 10% de interés anual sobre dicha cantidad por mora. El Fogasa responderá de la precitada cantidad conforme a las previsiones contenidas en el art. 33 del ET y demás normas concordantes.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurrir en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de cinco días hábiles por conducto este Juzgado y con designación de Letrado que ha de interponerlo; siendo indispensable si recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado el importe íntegro de la condena en la cuenta abierta por este Juzgado en "Banesto", o presentar aval solidario de entidad financiera por el mismo importe, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo acreditativo de ingreso del depósito especial de 150 €, sin cuyos requisitos se tendrá por desistido del recurso anunciado y quedará firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a Planes Mes Amunt, Sociedad Limitada; Vinetum Iberi, Sociedad Limitada y Absolutus Oleum, Sociedad Limitada, advirtiéndole que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados; y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado y tablón de anuncios de este Juzgado a los efectos pertinentes, expido el presente edicto.

Tortosa, 2 de febrero de 2011.- Secretaria Judicial, Ana María Aguilar Zanuy.

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