Doña Ana María García García, Secretaria del Juzgado de lo Social n.º 4 de Madrid,
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución n.º 177/2011 de este Juzgado seguido a instancia de Paloma Jiménez Caldera sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 15 de julio de 2011 en cuya parte dispositiva establece que no ha lugar al despacho de ejecución contra la empresa demandada, Agenmar, S.L., por hallarse declarada la misma en situación de concurso, sin perjuicio del tratamiento concursal que corresponda a dar a los créditos declarados en la sentencia recaída; a cuyo fin podrá instarse la ejecución ante el Juez del concurso (Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Valencia), y archívense provisionalmente las actuaciones.
Contra este auto cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el término de cinco días a contar desde su notificación.
Y para que sirva de notificación a Agenmar, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial del Estado y colocación en el tablón de anuncios.
Madrid, 15 de julio de 2011.- Secretaria Judicial.
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