Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de RégimenJ urídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada:
"Este Ministerio, de conformidad con la propuesta de la Subdirección General de Recursos y Relaciones Jurisdiccionales, ha resuelto DESESTIMAR, el recurso potestativo de reposición interpuesto por doña María del Carmen y doña Elena Alcoba Gil, contra la O.M. de 4 de noviembre de 2008, por la que se aprueba el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos tres mil setecientos cincuenta y nueve (3.759) metros de longitud, comprendido desde el límite oriental con el término municipal de Algarrobo (Barriada de la Mezquitilla) hasta el límite con el término municipal de Torrox, en el término municipal de Vélez-Málaga (Málaga), acto administrativo que se confirma por ser ajustado a derecho.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir de la práctica de la notificación de la misma, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional."
Madrid, 25 de enero de 2011.- El Subdirector General, José Ramón Martínez Cordero.
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