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Documento BOE-B-2011-41047

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 17 de diciembre de 2011, páginas 102892 a 102892 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-41047

TEXTO

Edicto

D./D.ª Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. dos de Murcia, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración Concurso 380/2011 se ha dictado a instancias de Parymón, S.L., con CIF B-03079035, en fecha 30 de noviembre de 2011, auto de declaración del concurso voluntario de dicho deudor, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Camino del Pantano, n.º 46, de Santomera (Murcia).

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3º.- Ha sido designado Administrador Concursal D. Alberto Valeriano Crego Martín con domicilio en Avda. de la Constitución n.º 2, 5.º B, de Murcia y teléfono 968 231862.

Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse en la Ciudad de la Justicia, fase I, Servicio Común General, Sección 1.ª Registro y Reparto, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Murcia, 30 de noviembre de 2011.- Secretario Judicial.

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