De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, se hace publica la notificación de resolución formulada en los expedientes sancionadores siguientes:
Expediente: D-102/2011 incoado contra Comunidad de Regantes Cañada del Judío, domiciliado en Jumilla (Murcia), N.I.F. G-30233167, por obras y ocupación de cauce. La sanción impuesta es de 2.000,00 € y se ordena la reposición del terreno a su estado anterior en el plazo de quince días, y con la advertencia de que de no hacerlo en el citado plazo se procederá, a su costa, a la ejecución de dicha medida, mediante la ejecución subsidiaria. Esta medida quedará suspendida en el caso de que se solicite autorización para el mantenimiento de las obras, y quedará a resultas de lo que se resuelva en el expediente de autorización que, en su caso, se tramite, si el interesado así lo solicita, en un procedimiento diferente al presente expediente sancionador. En el caso de que en tal expediente se autoricen las obras, no será necesario dar cumplimiento a la medida ordenada en el presente expediente, en caso contrario (si se denegara la autorización), deberá procederse al cumplimiento de la medida ordenada, reponiendo el terreno a su estado original, en el plazo de quince días y con la advertencia de que de no hacerlo se procederá a su ejecución subsidiaria.
Expediente: D-184/2011 incoado contra don Luis Berruezo Navarro, domiciliado en Crevillente (Alicante), con N.I.F.: 74155291-W, por vallado en cauce y zona de servidumbre y vertido de escombros. La sanción impuesta es de 2.500 euros y se ordenas la reposición del terreno a su estado anterior en el plazo de quince días, con la advertencia de que de no hacerlo en el citado plazo se procederá, a su costa, a la ejecución de dicha medida, mediante la ejecución subsidiaria.
Expediente: D277/2011 incoado contra herederos de doña Pilar Muñoz Hernández, domiciliado en Albacete, con N.I.F.: 04878953-D, por uso privativo de aguas sin autorización. La sanción impuesta es de 2.000 euros y se prohíbe el uso de aguas sin autorización hasta tanto en cuanto no disponga de la preceptiva autorización de este Organismo.
Contra tales resoluciones puede interponerse recurso potestativo de reposición en plazo de un mes, o contencioso-administrativo en plazo de dos meses, pudiendo recogerse copia de la resolución en dicho Organismo, calle Mahonesas, 2, Murcia.
Murcia, 25 de noviembre de 2011.- El Comisario de Aguas, Manuel Aldeguer Sánchez.
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