Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-40201

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 10 de diciembre de 2011, páginas 101709 a 101710 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-40201

TEXTO

Edicto

Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:

- Que en el procedimiento n.º 90/2010 por auto de fecha 28 de noviembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Sercal, S.A.", con C.I.F.: A-28285765 y domicilio en la avenida de Córdoba, n.º 15, 2.º-B, 28026 Madrid.

- Que la deudora queda suspendida de sus facultades de administración y disposición, y sustituido por la administración concursal.

- Se nombra Administrador único del concurso a don Juan Antonio Montoro Cavero. Abogado, con domicilio a efectos de notificación en calle San Bernardo, 64, 4.º, 28015. Teléfono de despacho 915 226 261 y correo electrónico jmontoro@euroconsejo.org, que reúne los requisitos del artículo 27.1 de la LC.

-.Llámense a los acreedores de la concursada, para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 a los Administradores concursales la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de quince días, contado desde la publicación de los anuncios de la declaración del concurso en el "Boletín Oficial del Estado".

La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores.

- Anúnciese la declaración del concurso en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios del Juzgado.

Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él.

Póngase en conocimiento la declaración de concurso a FOGASA, Agencia Tributaria, TGSS.

- Anótese preventivamente en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 3.967, folio 215 Hoja M-66.410 la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición de la concursada y el nombre de los Administradores, y una vez firme este auto líbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción.

Los mandamientos se entregarán al Procurador instante.

- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.

- La deudora tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de lo Mercantil y ante la administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso.

En el presente caso el deber incumbe a los Administradores o Liquidadores de la persona jurídica, o a quienes hayan desempeñado el cargo en los dos años anteriores.

- Fórmense las secciones segunda, tercera y cuarta del concurso que se encabezarán con testimonio de este auto.

- Comuníquese a los Juzgados en los que la concursada tiene procedimientos abiertos la presente declaración de concurso.

Entréguense los despachos al procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo de acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la anotación de los mandamientos en los registros públicos en el término de diez días, con apercibimiento de que en caso de no efectuarlo se procederá a dejar sin efecto la declaración de concurso efectuada, archivándose el presente procedimiento.

- Las costas causadas se incluirán en los créditos contra la masa del concurso.

Notifíquese el auto a las partes personadas. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso.

En todo caso el deudor se entenderá notificado por la última publicación de los anuncios de inserción obligatoria.

Madrid, 28 de noviembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid