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Documento BOE-B-2011-40140

Anuncio de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de notificación de la O.M. de 22 de noviembre de 2011, del deslinde de un tramo de costa de unos 12.477 metros, en el término municipal de Camargo (Cantabria). Ref. DES01/09/39/0007.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 9 de diciembre de 2011, páginas 101644 a 101645 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2011-40140

TEXTO

Para los interesados que sean desconocidos o de los que se ignore el lugar de notificación, o bien intentada la notificación no se hubiese podido practicar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar la parte dispositiva de la Orden Ministerial especificada:

"I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos doce mil cuatrocientos setenta y siete (12.477) metros de longitud (vértices 20.123-20.526), correspondiente a todo el término municipal de Camargo (Cantabria) excepto las marismas de Alday, según se define en los planos de la colección de escala 1/1000 fechados en junio de 2011, salvo los numerados 16 a 22, 24 a 26 y 28, que están fechados en octubre de 2011, y firmados por los Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Jefe del Servicio del Dominio Público Marítimo-Terrestre y por el Ingeniero Jefe de la Demarcación de Costas de Cantabria.

II) Declarar innecesarios para la protección o utilización del dominio público marítimo-terrestre los terrenos a los que se refiere el Antecedente X, que se indican en el informe de fecha octubre de 2011 de la Demarcación de Costas en Cantabria y detallados en los planos fechados también en octubre de 2011 que se mencionan en el apartado I) de la parte dispositiva.

III) Ordenar a la Demarcación de Costas de este Departamento en Cantabria que inicie las actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el deslinde aprobado.

IV) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar la correspondiente concesión a aquellos titulares de terrenos incluidos en el dominio público marítimo-terrestre, que pudieran acreditar su inclusión en alguno de los supuestos contemplados en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 22/1988, de Costas.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa los interesados en el expediente que no sean Administraciones Publicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución."

Madrid, 23 de noviembre de 2011.- El Subdirector General de Dominio Público Marítimo-Terrestre, José Ramón Martínez Cordero.

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