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Documento BOE-B-2011-38685

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Duero relativo a notificaciones de ejecuciones de sentencias dictadas en diversos procedimientos sancionadores incoados por infracción a la Ley de Aguas.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 26 de noviembre de 2011, páginas 99596 a 99597 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2011-38685

TEXTO

Por esta Confederación se instruyeron los expedientes sancionadores que se indican y contra las resoluciones sancionadoras se interpusieron recursos contenciosos-administrativos cuyos números se citan. Habiendo recaído sentencia, por esta Confederación se dictó resolución de ejecución de sentencia de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998,de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y lo quede conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, para que por parte de los interesados se realicen, en su caso, las actuaciones exigidas para la ejecución de la sentencia.

El importe de las sanciones de multa y las indemnizaciones se deberá abonar mediante ingreso en el Banco de España de Valladolid, cuenta 9000 0067 300200000168, Organismo-Confederación Hidrográfica del Duero, en el siguiente plazo:

- Si la presente resolución se ha publicado la primera quincena del mes, desde la fecha de publicación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

- Si la presente resolución se ha publicado en la segunda quincena del mes, desde la fecha de publicación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Deberá remitir a esta Confederación copia del justificante del referido ingreso.Transcurrido el plazo de ingreso sin efectuarlo, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva, incrementando su importe con el 20% de recargo de apremio y, en su caso, con los correspondientes intereses de demora y costas.

En el caso de que se hubiera impuesto también el cumplimiento de una obligación, el plazo será el indicado en cada caso, contado a partir del día siguiente al de la publicación, quedando apercibido el infractor que en caso de incumplimiento se procederá, a costa del mismo, a su ejecución subsidiaria por parte de la Administración, con independencia de la posibilidad de imposición de multas coercitivas periódicas.

Expediente: 843/05. Interesado: Asados del Duero, S.L. Número Recurso Contencioso-Administrativo: 1569/2000. Sentencia: Desestimado. Obligación: retirar la valla de la zona de servidumbre, en el plazo de quince días.

Expediente: 636/05. Interesado: Aridos Villagodio, S.L. Número Recurso Contencioso-Administrativo: 1524/2006. Sentencia: Desestimado. La multa de 3.000 euros ha sido ingresada en fecha 30 de mayo de 2007, en periodo ejecutivo. El requerimiento se considera cumplido dado que, con fecha 20 de septiembre de 2010, se autorizó la extracción de 70.000 m3 de áridos en zona de policía del río Duero, término municipal de Coreses, expediente E.A. 02/07.

Expediente: 1397/05. Interesado: Muladares Nuevos, S.L. Número Recurso Contencioso-Administrativo: 1295/2006. Sentencia: Estimado.

Expediente: 189/06. Interesado: Lactofresc 2001, S.L. Número de Recurso Contencioso-Administrativo: 1035/2007. Sentencia: Estimado

Valladolid, 10 de noviembre de 2011.- La Jefe de Área de Régimen de Usuarios, Concepción Valcárcel Liberal.

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