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Documento BOE-B-2011-38227

LLEIDA

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 24 de noviembre de 2011, páginas 98979 a 98980 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-38227

TEXTO

La Secretaria Judicial, doña Elena Victoria Buil Torralba del Juzgado Primera Instancia 2 Lleida (ant.CI-2), hago saber:

Que en el procedimiento de referencia se ha dictado auto, del tenor literal siguiente:

Magistrada-Jueza que lo dicta: Doña M.ª Carmen Bernat Álvarez.

Lugar: Lleida. Fecha: 12 de septiembre de 2011.

Antecedentes de hecho.

Primero.-Que la Procuradora doña Eulalia Cullere Lavilla, en nombre y representación de la mercantil "Procoiuris", en escrito con fecha de entrada en este Juzgado 29 de marzo de 2011, se formuló denuncia por extravio de los siguientes cheques:

1. 100-9801660-3-7500-3 por valor de 19.500 euros.

2. 100-9801661-4-7500-3 por valor de 33.500 euros.

3. 100-9801657-0-7500-3 por valor de 99.000 euros.

4. 100-9801659-2-7500-3 por valor de 99.000 euros.

5. 100-9801658-1-7500-3 por valor de 99.000 euros.

Dichas cheques, según se refería en la denuncia, fueron libradas en Estepona.

Segundo.-En el suplico de dicho escrito solicitaba que se procediera a la anulación de dichos cheques, así como también se acordara el ingreso de la cantidad resultante en cuenta facilitada al efecto. Mediante resolución de fecha 1 de abril de 2011 se acordó traslado a Ministerio Fiscal para que informara sobre la procedencia de la inadmisión de la demandada dado que no se trataba de una simple anulación de cheques, sino que además se solicitaba se procediera a la entrega de cantidades. El Ministerio Fiscal informó sobre la inadmisión de la demanda, pero con anterioridad a su tramitación por instante del procedimiento se procedió a la subsanación de dicho circunstancia, se solicitó se procediera únicamente a la anulación de los cheques que fueron emitidos.

Tercero.-Admitida a trámite la denuncia por resolución de 9 de mayo de 2011, se tuvo por comparecido y parte a la mencionada Procuradora en nombre y representación de su poderdante y se acordó dar traslado a la entidad bancaria para que en plazo de diez días alegara lo que a su derecho conviniera respecto a este hecho.

Cuarto.-Requerido la entidad bancaria, con la prevención de que podría formular dichas alegaciones, transcurrió el plazo legal que al efecto se le había concedido sin que conste en autos que se formulara alegación alguna.

Quinto.-Que en la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Fundamentos de derecho.

Primero.-En el escrito inicial de este procedimiento se han cumplido todos los requisitos formales que disponen los arts. 154 y ss., en relación con los artículos 85 yss de la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque, procediendo a señalar los números de serie de los cheques extraviados, así como las circunstancias en que sucedieron los hechos, y ha aportado elementos probatorios de carácter documental que deben considerarse como adecuados para fundamentar su pretensión, presumiéndose la realidad de la contraprestación que originó la emisión de los cheques.

Segundo.-De conformidad con el art. 85 de la Ley Cabiaria y del Cheque, cuya remisión expresa realiza el art. 154 del mismo cuerpo legal deberá continuar el procedimiento iniciado, publicándose inmediatamente la denuncia en el "Boletín Oficial del Estado" llamando al tenedor del titulo sustraído para en el plazo de un mes pueda comparecer y formular oposición.

Parte dispositiva.

Publíquese inmediatamente la denuncia formulada por la Procurador doña Eulalia Culleré en nombre y representación de "Procoiuris" en el "Boletín Oficial del Estado" llamando al tenedor del título sustraído para que en el plazo de un mes pueda comparecer en el expediente y formular oposición, librando el edicto y oficio correspondiente.

Así lo acuerda Iltre Magistrada-Juez, doña Carmen Bernat Álvarez. Doy Fe.

La Magistrada-Juez.-La Secretaria Judicial.

Se expide el presente edicto, para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" llamando al tenedor del titulo sustraído para que en el plazo de un mes pueda comparecer en el presente expediente.

Lleida, 6 de octubre de 2011.- La Secretaria Judicial.

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