El Juzgado de lo Mercantil n.º 9, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia:
1º.- Que conforme a lo acordado por auto de fecha 05/10/11 se ha declarado:
.- La Conclusión del Concurso Voluntario de don Isidro Ramiro Padilla bajo el n.º de autos 155/11, por inexistencia de Bienes y derechos con los que integrar la masa activa del Concurso.
.- Cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, y pudiendo los Acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos.
2º.- Que se procede al cese en su cargo del Administrador Concursal nombrado en su día:
.- Doña Mariluz Figueroa Lalinde, con domicilio en la C/ Sor Ángela de la Cruz, n.º 8, 2.º-D, 28020 de Madrid.
Madrid, 14 de noviembre de 2011.- La Secretaria Judicial.
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