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No habiendo resultado posible la notificación a la entidad Mundio Móvil, Sociedad Limitada, como interesada en el procedimiento con número de expediente DT 2011/1586 por causas no imputables a esta Comisión, debido a que la misma se ha intentado infructuosamente dos veces por los servicios de Correos en la forma prevista en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la misma Ley, a notificar por este medio que, en la fecha arriba indicada, el Secretario de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones ha resuelto:
Primero.-Autorizar a Mundio Móvil, S.L., la cancelación de la titularidad de los recursos de numeración detallados a continuación:
· Código de operador para la portabilidad
ABC |
980 |
· Código de puntos de señalización nacional
IR |
Bloque |
10 |
1634 |
· Indicativo de red móvil
IPM |
IRM |
214 |
23 |
· Números cortos
Descripción del servicio |
NXYA |
Servicio de Información y atención a clientes |
1416 |
Servicio de tarjetas |
1417 |
· Numeración móvil
NXYA |
6021 |
6022 |
6023 |
Segundo.-Proceder a la modificación del Registro Público de Numeración, sustituyendo el estado de los recursos de numeración móvil del Anexo (6201, 62012 y 6203), pasando del estado de asignado a Mundio Móvil, S.L., al de libre con portados, con la fecha de aprobación de la presente resolución.
Asimismo, se pone de manifiesto que contra la Resolución a la que se refiere esta anuncio, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Comisión en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación o, directamente, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.12 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, la Disposición adicional cuarta, apartado 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 116 del la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de lo previsto en el número 2 del artículo 58 de la misma Ley.
El texto íntegro de la Resolución puede ser consultado en la sede de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en la Calle Bolivia, 56, de Barcelona.
Barcelona, 10 de noviembre de 2011.- El Secretario (P.D. del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Resolución de 15.09.11, B.O.E. n.º 238, de 03.10.11), Jorge Sánchez Vicente.
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