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Documento BOE-B-2011-35838

Resolución de la Autoridad Portuaria de Tarragona referente al trámite de información pública relativa a la solicitud presentada por CBA Exportación, S.L., para la ocupación, en régimen de concesión administrativa de aproximadamente 625 m2 de superficie, destinados a la construcción de una instalación para la importación/exportación de cemento, en el muelle de Navarra/Aragón del puerto de Tarragona. (Expediente 179 de concesiones).

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 5 de noviembre de 2011, páginas 95644 a 95644 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2011-35838

TEXTO

La Autoridad Portuaria de Tarragona tramita un procedimiento administrativo para el otorgamiento de una concesión sobre dominio público portuario, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (RDL 2/2011, de 5 de septiembre)

Este procedimiento administrativo se inició a instancias de la empresa CBA Exportación, S.L., con el objeto de obtener una concesión administrativa sobre dominio público portuario.

Lo que se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (RDL 2/2011, de 5 de septiembre), para que aquellos que estén interesados puedan presentar, en el plazo de veinte días hábiles, contado a partir del siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, alegaciones sobre la solicitud de concesión que se tramita.

Los escritos de alegaciones deberán dirigirse a la Autoridad Portuaria de Tarragona, sita en el paseo de la Escullera, sin número, código postal 43004 de Tarragona.

Durante el referido plazo, podrá examinarse la documentación correspondiente, en horario de 8.00 a 15.00 horas de lunes a jueves y de 8.00 a 14.00 horas los viernes, excepto festivos, en la Unidad de Dominio Público, ubicada en la primera planta del edificio de la Autoridad Portuaria de Tarragona.

La presente resolución, al constituir un simple acto de trámite, no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tarragona, 28 de octubre de 2011.- Josep Andreu i Figueras, Presidente.

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