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Documento BOE-B-2011-35714

Anuncio de la Generalidad de Cataluña, Departamento de Economía y Finanzas, Servicios Territoriales en Girona, de resolución ECF/2011, de 25 de agosto, por la que se otorga la autorización administrativa, la aprobación de proyecto y la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica de la nueva línea subterránea 25 kV "Montjuïc 2" a CT 59610 y reforma del CT 59610, en los términos municipales de Girona y Quart (exp. 32.827/2010-AT).

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 4 de noviembre de 2011, páginas 95470 a 95472 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2011-35714

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S.L., con domicilio social en la avenida Paral·lel, número 51, de Barcelona, ha solicitado ante los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Empleo en Girona la autorización administrativa, aprobación de proyecto y la declaración de utilidad pública de ía nueva línea subterránea 25 kV "Montjuïc 2" a CT 59610 y reforma del CT 59610, en los términos municipales de Girona y Quart.

En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, y el artículo 125 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud mencionada se sometió a un periodo de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC número 5884, de 23.5.2011, BOE número 135, de 7.6.2011, y en los diarios El Punt el 20.5.2011 y el Diari de Girona el 19.5.2011.

Dado que, de acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, modificada por la Ley 17/2007, de 4 de julio, son de aplicación el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica y la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico;

Dado que la competencia para enviar este expediente y resolverlo se atribuye al director de los Servicios Territoriales en Girona del Departamento de Empresa y Empleo de acuerdo con lo que establecen el Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, el Decreto 352/2011, de 7 de junio, de reestructuración del Departamento de Empresa y Empleo;

Por todo lo expuesto,

Resuelvo:

-1 Aprobar la autorización administrativa.

-2 Declarar la utilidad pública.

-3 Aprobar el proyecto de ejecución arriba mencionado, con las características

siguientes:

Expediente: 32827/2010-AT.

Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L., con domicilio social en la avenida Paral·lel, 51, Barcelona.

Proyecto: Nueva línea subterránea 25 kV "Montjuïc 2" a CT 59610 y reforma del CT 59610, en los términos municipales de Girona y Quart (expediente 32827/2010-AT).

Origen: Nuevo apoyo metálico T 34 bis.

Final: CT 59610.

Longitud: 0,454 m.

Tensión nominal: 25 kV.

Número y tipo de circuitos: 1 simple.

Número y tipo de conductores: 3 x Al.240 mm².

Tipo de instalación: sepultada.

Términos municipales: Girona y Quart.

Presupuesto: 70.589,08 euros.

Finalidad de la instalación: ampliación potencia Parque Tecnológico de Girona.

La autorización queda sometida a las siguientes condiciones especiales:

a) Las instalaciones se realizarán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran en el proyecto presentado por la empresa solicitante en fecha 9.11.2010, firmado por el ingeniero técnico industrial Josep Lluís Paronella Tasis, el cual ha servido de base para la tramitación del expediente, y también de acuerdo con las reglamentaciones técnicas preceptivas.

b) La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales y el resto de disposiciones de aplicación general.

c) La empresa titular será responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

Se deberán cumplir las condiciones impuestas por los organismos oficiales.

d) El plazo para la construcción y la puesta en servicio de las instalaciones autorizadas será de dos años a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el DOGC.

e) Los Servicios Territoriales en Girona podrán llevar a cabo, durante las obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en cuanto al cumplimiento de las condiciones de esta Resolución. Con ese fin, el peticionario comunicará a estos Servicios Territoriales, con la antelación suficiente, la fecha de comienzo de las obras y su programación, las fechas en que se llevarán a cabo las pruebas y cualquier incidencia relevante.

f) La empresa enviará a los Servicios Territoriales en Girona el certificado final de obra, firmado por un técnico competente, que acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y que se han cumplido las normas y los reglamentos de aplicación. A este certificado se adjuntarán las actas de las pruebas y los controles reglamentarios.

g) La empresa asegurará el mantenimiento correcto y la vigilancia de las instalaciones durante su construcción y después de su puesta en funcionamiento, para garantizar que se cumplan las condiciones reglamentarias de seguridad.

h) La Administración podrá dejar sin efecto esta autorización en caso de incumplimiento de las condiciones indicadas, de facilitar datos inexactos o por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.

i) Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que sea procedente.

Girona, 25 de agosto de 2011.- Christian Serarols i Tarrés, Director de los Servicios Territoriales en Girona (11.243.033).

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