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Documento BOE-B-2011-34862

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 29 de octubre de 2011, páginas 94205 a 94205 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-34862

TEXTO

Edicto

D./D.ª M.ª Begoña Ozamiz Bageneta, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este juzgado con el n.º 0000266/2011 y en la Sección I Declaración Concurso se ha dictado a instancias de DISTRIBUIDORA VALLISOLETANA DE GOLOSINAS, S.L., con C.I.F. n.º B47226477, en fecha 4 de octubre de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor DISTRIBUIDORA VALLISOLETANA DE GOLOSINAS, S.L., cuyo centro de intereses principales y domicilio social lo tienen en la Calle Plata, 22-C, de Valladolid.

Segundo.- Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, sometidas a la intervención del Administrador Concursal, mediante su autorización.

Tercero.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en el que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor,así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos del Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 4 de octubre de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

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