Don Virginio Sánchez Barberan, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente hago saber: Que en el concurso de acreedores número 286/09I se ha dictar resolución cuya parte dispositiva es de este tenor literal:
Parte dispositiva
1.-Se declara concluso el concurso de acreedores de Creaciones Coral, S.L., el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo lo acreedores iniciar ejecuciones singulares.
2.-Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.
3.-Se acuerda la disolución de Creaciones Coral, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registra de inscripción para su efectividad, librese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.
4.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 29 octubre de 2010.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 LC.
Modo de impugnación; contra esta resolución no cabe interponer recurso.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Itmo/a Sr. D/Dña Rafael Fuentes Devesa, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe.
Alicante, 10 de enero de 2011.- El Secretario Judicial.
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