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Documento BOE-B-2011-33877

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 22 de octubre de 2011, páginas 92891 a 92891 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-33877

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I declaración concurso 0000225 /2011 se ha dictado a instancias de la Procuradora Doña Marta Gerona del Campo en fecha 26 de septiembre de 2011 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Guillermo Alonso León, S.A. CIF A-06031504, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Badajoz, Carretera de Cáceres km 85,5 CP 06007.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio que ejercerá la administración concursal.

Se nombra Administrador Concursal único al Abogado, Don José Javier Torres Pereda, con domicilio Cl. Príncipe de la Paz, n.º 1-1.º-B de Badajoz que reúne los requisitos del artículo 27.1 de LEC.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse en el plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 26 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

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