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Documento BOE-B-2011-33366

TARRAGONA

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2011, páginas 92141 a 92142 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-33366

TEXTO

Edicto.

Juzgado Mercantil n.º 1 de Tarragona,

D. Joan Holgado Esteban, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona,

Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 21/2011 de concurso de D. Juan Antonio Creus Tuebols, se ha dictado en fecha 14-9-11 Sentencia aprobando el convenio propuesto por D. Juan Antonio Creus Tuebols y que fue aceptado en Junta, cuya parte dispositiva es la que sigue:

"Apruebo, con los efectos previstos en la Ley, el convenio propuesto por Don Juan Antonio Creus Tuebols, NIF 39.658.884-F que fue aceptado en la junta de acreedores celebrada el 20 de julio de 2011.

Acuerdo el cese de los efectos de la declaración de concurso sobre las facultades de administración y disposición de la deudora. En consecuencia, se decreta el cese de los administradores concursales, sin perjuicio de lo previsto en capítulo II del título IV de la Ley Concursal, y para la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.

Requiérase a los miembros integrantes de la administración concursal a fin de que rindan cuentas de su actuación ante este juzgado en un plazo de veinte días a partir de la notificación de la presente resolución.

Requiérase al deudor a fin de que, con periodicidad semestral, conforme al art. 138 LC, a partir de la fecha de esta sentencia, informe al juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Ordeno la formación de la sección 6ª de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso, en la que será parte la administración concursal, advirtiendo a los interesados de que disponen de un plazo de diez días desde la publicación de la presente sentencia en el Boletín Oficial del Estado para personarse y ser parte en la sección sexta y formular alegaciones respecto de la calificación como culpable del concurso.

Notifíquese esta sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Sala de lo civil de la Audiencia Provincial de Tarragona; que habrá de presentarse por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi Sentencia, lo pronunció, mando y firmo.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en,

Tarragona, 14 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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