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Documento BOE-B-2011-33324

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2011, páginas 92099 a 92099 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-33324

TEXTO

Doña Cristina Cifo González, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número uno de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de consurso dictado por este Juzgado:

Juzgado: Juzgado de lo Mercantil número uno de Alicante calle Pardo Gimeno, 43 Teléfono 9659396095. Fax: 965936097.

Número de asunto: 503/11.

Tipo de concurso: Voluntario Abreviado.

Entidad instante del concurso: Romalux, S. L.

Concursada: Romalux S.L con C.I.F B-03739463, y domicilio en Alicante, carretera de Ocaña nº 68, unidad de actuación 5, parcela 4A, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 1303, hoja A-6-709.

Representación y asistencia técnica: Procurador: Doña M.ª Mar López Fanega y letrado D. Víctor Pérez Llorca,

Fecha de presentación de la solicitud: 6 de Julio de 2011.

Fecha del auto de declaración: 23 de Septiembre de 2011.

Administrador concursal: Don Jose Enrique Cortés Santos, en su condición de economista con los siguientes datos profesionales: domicilio C/ Alicante numero 6 bajo, Jijona, 03100, teléfono 965613094, fax 965611036 y correo electrónico: jecortes@asesoriacortes.com.

Don Roque Gambaro Royo, en su condición de abogado con los siguientes datos profesionales: domicilio Calle Villegas, numero 4, teléfono 963332910, fax: 963743694, correo electónico: roque@icav.es.

Facultades del concurso: El deudor conserva la facultad de administración y disposición sobre su patrimonio.

Constancia del patrimonio inmobiliario: Consta.

Llamamiento a los acreedores: disponen de un plazo de 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulteriot reconocimiento y clasificación confrome estanlece el artículo 85 de la Ley Concursal.

Forma de personación: Por medio de abogado y procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los auto, informes y documentación trascendental del concurso quedan el la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia.

Alicante, 30 de septiembre de 2011.- Secretario Judicial.

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