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Documento BOE-B-2011-32753

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 13 de octubre de 2011, páginas 91280 a 91280 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-32753

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 343/2011 se ha dictado a instancias de Montajes Navales Vigueses, Sociedad Limitada, en fecha veintitrés de septiembre de dos mil once Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Montajes Navales Vigueses, Sociedad Limitada, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Coruña, número 24, Oficina 4.º C, Vigo 36211.

Segundo.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 23 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

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