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El Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas, establece en su artículo 118.3 septies que una vez examinada la solicitud de protección por el Estado Miembro, éste incoará un procedimiento nacional que garantice una publicación adecuada de la solicitud.
Por lo anteriormente expuesto, procede dar publicidad a la solicitud de protección de los vinos con denominación de origen "Pago del Vicario", a su pliego de condiciones y al documento único, que constan íntegramente en la siguiente dirección web:
http://pagina.jccm.es/agricul/paginas/comercial-industrial/consejos_new/pliegos/DOC_UNICO_PAGO_VICARIO20110616.pdf (documento único).
http://pagina.jccm.es/agricul/paginas/comercial-industrial/consejos_new/pliegos/PLIEGO_PAGO_DEL_VICARIO20110616.pdf (pliego de condiciones).
De acuerdo con lo previsto en el artículo 118.3 septies del citado Reglamento, mediante la publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial del Estado, se establece un plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la fecha de su publicación para que los interesados presenten las alegaciones que crean convenientes ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
La solicitud de protección podrá ser examinada en la sede de la Dirección General de Infraestructuras y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura (C/ Pintor Matías Moreno, 4, 45071 Toledo).
Toledo, 19 de septiembre de 2011.- Miguel Cervantes Villamuelas, Director General de Infraestructuras y Desarrollo Rural.
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