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Documento BOE-B-2011-31947

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 6 de octubre de 2011, páginas 90165 a 90165 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-31947

TEXTO

D. Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000268 /2011, se ha dictado con fecha 27 de septiembre de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor MECOEL, S.L., con CIF n.º B-13033360, domicilio social en calle Doctor Patricio Fernández, número 80, de Almuradiel (Ciudad Real).

2.º Se ha acordado que las facultades de la entidad deudora de administración y disposición sobre su patrimonio quedan intervenidas por la administración concursal que se designará al efecto, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del/de los Administrador/res mediante su autorización o conformidad.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 27 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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