Edicto
Juzgado de primera instancia n.º 1 de Palma de Mallorca.
Juicio Concurso Abreviado: 28/2008.
Parte demandante.
Parte demandada: Astorauto Motor, S.L.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
AUTO
En Palma de Mallorca a 2 de julio de 2009.
HECHOS
Único: En fecha 6 de mayo de 2009, se ha presnetado por la Administración concursal informe instando el archivo del proceso por inexistencia de bienes, acompañando la debida rendición de cuentas. Dado traslado a las partes personadas, por las mismas no se hacen observaciones al respecto.
FALLO
Que debo declarar y declaro la conclusión del presnete concurso, por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables.
De igual forma cesan todas las limitaciones de las facultades de administración y dispisición del deudor subsistentes, quedando el deudor como responsable de todos los créditos no satisfechos.
Se declara la extinción de la concursada, debiendo cerrarse la hoja de inscripción, a cuyo efecto se librarán los mandamientos oportunos al Registro Mercantil.
Firme que sea la presente hágase pública el presente archivo mediante edictos que se insertarán en el tablón de anuncios de este Juzgado. Igualmente, y en dicho término, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concural, expídanse mandamientos al Registro Mercantil para la práctica de los asientos conducentes a la constancia registral de esta resolución.
Se tiene aprobada la rendición de cuentas presentada por el Administrador Concursal.
Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, por mor del art. 177 no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma D. Victor Fernandez Gonzalez, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de esta localidad.
En virtud de lo acordado en los autos de refrencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 177,3 de la Ley Concursal.
Palma de Mallorca, 1 de septiembre de 2011.- El/la Secretario judicial.
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