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Documento BOE-B-2011-31810

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 5 de octubre de 2011, páginas 89986 a 89986 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-31810

TEXTO

Edicto

D. Enrique Díaz Revorio, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I declaración de concurso 386/11,se ha dictado a instancias de FRANBAN, S.A., QUAB, S.L., QUIBA MALLORCA, S.L., FUSTER ALCOVER, S.L., FRANCISCO JUSTO FUSTER MARTÍNEZ en fecha 1 de septiembre de 2011, auto de declaración de concurso del deudor, FRANBAN, S.A. con CIF A07249741, QUAB, S.L. con CIF B07602808, QUIBA MALLORCA con CIF B07687304, FUSTER ALCOVER, S.L. con CIF B07905458, FRANCISCO JUSTO FUSTER, cuyo centro de intereses principales lo tiene en: C/ Jaime III n.º 9 bajos, de Palma de Mallorca; C/ Francisco Martí y Mora n.º 3, galerías Es Fortí local n.º 3 de Palma y C/ Francisco Frontera n.º 1 2.º A de Palma de Mallorca.

2.º Se ha acordado mantener las facultades de administración y disposición de los concursados

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.Dicha comunicación deberá presentarse ante este juzgado en el plazo de quince días a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC)

Palma de mallorca, 1 de septiembre de 2011.- El/la Secretario/a judicial.

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