Yo, Benito Sevilla Merino, Notario del Colegio de Valencia, con residencia en Catarroja, hago saber:
1º) En mi Notaría, sita en Plaça Major, n.º 6, bajo, de Catarroja, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Urbana. - Descripción de finca Vivienda, en primera planta alta Puerta Una del edificio sito en Catarroja, Camí Real, número 101. Superficie construida: 114,26 metros cuadrados; útil: 97,63 metros cuadrados. Con distribución interior para habitar. Linda al frente, con su vial. Cuota: 17,10%; es la finca dos
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Torrent n.º 2, al tomo 2628, Libro 365 de Catarroja, Folio 199, Finca 9062.
Referencia Catastral.- Referencia Catastral 3645212YJ2634N0002JF.
2º) Y, procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
a) Tendrá lugar en mi Notaría. La primera subasta el treinta y uno de octubre de 2011, a las diez horas, siendo el tipo base el de cincuenta y cuatro mil euros; de no haber postor o si resultare fallida, la segunda subasta el veinticinco de noviembre de 2011, a las diez horas, cuyo tipo será el 75% de la primera; en los mismos casos, la tercera subasta el veintidós de diciembre de 2011, a las diez horas sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el veintinueve de diciembre de 2011, a las diez horas.
b) La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a, 236 b, del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9,30 a 13,30 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuaran subsistentes.
Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por cien del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subasta, y en la 3.ª un 20 por cien del tipo de la 2.ª mediante cheque bancario a nombre del Notario.
Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente, o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Catarroja, 22 de septiembre de 2011.- Notario de Catarroja.
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