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Documento BOE-B-2011-31315

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 1 de octubre de 2011, páginas 89273 a 89273 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-31315

TEXTO

D.ª Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial en funciones de sustitución del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragozxa,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Concurso Voluntario Abreviado 268/2011-F, se ha dictado en fecha 2 de septiembre de 2011, Auto de declaración de Concurso Voluntario de la Compañía Mercantil "Servicios de Transportes Óscar Dieste, Sociedad Limitada Unipersonal", con C.I.F. número B-50995018 y domicilio social en Ejea de los Caballeros (Zaragoza), Polígono Valdeferrin, calle D, parcela R 65; e inscrita en el Registro Mercantil Territorial de Zaragoza y su provincia en el tomo 3036, folio 16, sección 8, hoja número Z-35.185, inscripción 2.ª, cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio.

2.º Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisicíón y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 2 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

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