Yo, Ángel Aguilar Navarro-Reverter, Notario de Mijas (Málaga), con despacho en la avenida de Mijas, 2, portal 2, 1.º, Mijas 29651.
Hago saber: Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, de la siguiente finca:
Urbana.-Departamento número ochenta y nueve.-Vivienda en planta primera denominada 1.ª 2, tipo B, portal ocho, a la derecha según se sube la escalera, integrante del conjunto arquitectónico conocido con el sobrenombre de edificio Montebajo, que se levanta sobre la parcela de terreno en la denominada Urbanización Cerros del Águila, termino municipal de Mijas (Málaga), partido denominado del Chaparral, Manzana 15451, parcela número cuatro.
Consta de varias habitaciones y dependencias, con una superficie útil de sesenta y un metros setenta y un decímetros cuadrados, construida de setenta y dos metros y construida, con inclusión de elementos comunes, de ochenta y siete metros ochenta y un decímetros cuadrados.
Cuenta, además, con una terraza de su propiedad exclusiva, con una superficie de trece metros cuarenta y dos decímetros cuadrados.
Linda: Al frente, zona o pasillo común de acceso, caja de escaleras y vivienda primero 1 de este mismo portal y vuelo sobre la zona libre del conjunto; y fondo, vuelo sobre zona libre del conjunto.
Pertenecen a esta vivienda, como anejos inseparables:
- La plaza de aparcamiento señalada con el número cinco, en planta sótano de los portales 8 y 9, con una superficie útil de nueve metros noventa decímetros cuadrados, y construida, con inclusión de elementos comunes, de treinta metros, treinta y seis decímetros cuadrados, que linda: Frente, zona de paso y maniobra; derecha entrando, plaza de aparcamiento número cuatro de esta misma planta sótano; izquierda, plaza de aparcamiento número seis de esta misma planta sótano; y fondo, subsuelo de zona libre del conjunto.
- El trastero señalado con el número veintisiete, en entre planta, bajo rasante, de los portales 8 y 9, con una superficie útil de tres metros, cinco decímetros cuadrados, construida de tres metros, cincuenta y ocho decímetros cuadrados, y construida, con inclusión de elementos comunes, de cinco metros, veintitrés decímetros cuadrados y que linda: al frente, pasillo de acceso; derecha entrando, trastero señalado con el número veintiséis; izquierda, trastero señalado con el número veintiocho; y fondo, subsuelo subsuelo de resto de solar sin edificar.
Representa las siguientes cuotas:
En su portal donde se ubica, de ocho enteros con veintiocho centésimas por ciento.
En el total conjunto urbanístico del que forma parte, de cero enteros con noventa y una centésimas por ciento.
En la entreplanta destinada a trasteros, de uno con cincuenta y cuatro por ciento.
Inscripción.-En el Registro de la Propiedad número dos de Mijas (Málaga), al tomo 1.769, libro 973, folio 123, finca registral número 68.307.
Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a efecto bajo las siguientes condiciones:
1. Se señala la primera subasta para el día 30 de noviembre de 2011, a las diez horas; la segunda, en su caso, para el día 2 de enero de 2012, a las diez horas; y la tercera, en el suyo, para el día 1 de febrero de 2012, a las diez horas; y en caso de mejora de la postura de la tercera subasta, se señala para la licitación entre los mejorantes y mejores postores el día 8 de febrero de 2012, a las diez horas.
2. Todas las subastas se celebrarán en el local de la Notaría, sita en avenida de Mijas, 2, portal 2, 1.º, 29.649-Mijas, Málaga.
3. El tipo para la primera subasta es de doscientos quince mil euros (215.000,00 euros); para la segunda, el setenta y cinco por ciento de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción a tipo.
4. La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, continuarán subsistentes.
5. Los postores deberán consignar previamente en la Notaría el treinta por ciento del tipo correspondiente, o el veinte por ciento del de la segunda para tomar parte en la tercera.
6. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior, podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Mijas, 12 de septiembre de 2011.- Notario, Ángel Aguilar Navarro-Reverter.
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