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D.ª Juana Gálvez Muñoz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Sevilla hago constar:
Acordar la conclusión del proceso concursal n.º 700/10 de D. Rafael Luís Fernández Marchena, por insuficiencia de bienes y derechos en el activo del concursado, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
Se libra mandamiento al Registro Civil del nacimiento del Concursado y al Registro de la Propiedad N.º 3 de Sevilla.
Se aprueba la rendición de cuentas realizada por el administrador concursal D. Carlos Agarrado Estupiñá.
Sevilla, 29 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial.
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