Edicto
D.ª Macarena Valcarcel Garcia, Secretaria Judicial de Juzgado de lo mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 146/11 se ha dictado a instancias de Estación De Servicio Trampolin Hills Oil, S.L. en fecha 14-6-11 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Estación De Servicio Trampolín Hills Oil S.L. con CIF B-30424840, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Carretera Murcia-Caravaca, Km 3,68.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el concursado mediante la autorización o conformidad de la Administración concursal, recaída en la titulada mercantil Dña. M.ª Cristina Alcolea Navarro, mayor de edad, con D.N.I. nº 34.786.950-W, domicilio profesional en Avda. Juan Carlos I n.º 64-2ºC, escal. 1ª de Murcia, teléfono 968200405 y fax 968270318.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse en Servicio de Registro y Reparto de la ciudad de la Justicia de Murcia sita en Ronda Sur esquina Senda Estrecha dirigida a este juzgado y procedimiento, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal)
Murcia, 6 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.
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