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Documento BOE-B-2011-29207

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 15 de septiembre de 2011, páginas 86361 a 86361 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-29207

TEXTO

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 Badajoz, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I Declaración Concurso 174/11 se ha dictado a instancias de Hormigones Extremeños, S.A., en fecha 27 de julio de 2011 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Ordinario del deudor Hormigones Extremeños, S.A., con CIF A06058580, cuyo centro de intereses principales lo tiene en don Benito, carretera Miajadas, kilómetro 1200 (Badajoz)-

Segundo.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición por la administración concursal que estará integrada por:

- El Letrado Don Ismael Soto Teodoro, con domicilio Vicente Delgado Algaba, n.º 100, 06010(Badajoz).

- El Economista Don Fernando Bigeriego Porras, domicilio en c/ Bartolomé J. Gallardo, n.º 1, 4.º (Badajoz).

- Acreedor, Clasificados del Guadiana, S.L. Domicilio en Polígono Industrial Isaac Peral, par. B2, Don Benito (Badajoz).

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal,

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Badajoz, 27 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial.

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