Está Vd. en

Documento BOE-B-2011-2916

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2011, páginas 8340 a 8341 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-2916

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número dos de Murcia, anuncia:

1.- En el procedimiento concursal abreviado número 51/09 referente al concursado La Flota Nueva Expansión, S.L., se ha dictado sentencia por la que se aprueba judicialmente el convenio cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia: 00318/2010

Concurso 51/2009

En Murcia, a diecisiete de diciembre del año dos mil diez.

Vistos por D.ª Concepción Monerri Guillén, Juez sustituta del Juzgado Mercantil núm. 2 de Murcia y su partido judicial, los presentes autos de aprobación del convenio del Concurso Abreviado 51/2009, promovidos a instancias de la entidad concursada La Flota Expansión, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales Sra. De Alba y Vega.

Fallo

Apruebo la propuesta de Convenio, presentada por la concursada La Flota Nueva Expansión, S.L., que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 25.11.2010.

Acuerdo el cese de los efectos de la declaración del concurso, sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la concursada y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Acuerdo el cese de la Administración Concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, debiendo continuar en el desempeño de sus funciones en relación a la sección de calificación. Deberá presentar rendición de cuentas en el plazo de dos meses desde la firmeza de esta resolución.

Fórmese sección de calificación de concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y a la que acompañará testimonio de los documentos expresados en el art. 167.1 LC.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos y el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Notifíquese esta sentencia a las partes y la Administración Concursal, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe Recurso de Apelación, ante este mismo Juzgado, en el plazo de cinco días y de la que conocerá, en su caso, la Audiencia Provincial de Murcia.

Publíquese esta resolución en el BOE, en un diario de los de mayor difusión de la provincia y líbrese mandamiento al Registro Mercantil de Murcia para su inscripción.

2.- Que se ha formado la Sección Sexta de calificación conforme prevé el art. 167 de la L.C.

3.- Se hace saber a las partes interesadas que en el plazo de diez días a partir de la publicación del presente, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección sexta, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Murcia, 14 de enero de 2011.- Secretario judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid