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Documento BOE-B-2011-2829

Resolución ECF/ /2010, de 20 de diciembre, de los Servicios Territoriales del Departamento de Economía y Finanzas, sobre la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de una instalación eléctrica (Ex. 00032575/09 y Ref. H-11265-RL).

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 2011, páginas 7795 a 7797 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2011-2829

TEXTO

La empresa Electra Caldense, S.A., con domicilio social en la plaza de Catalunya, núm. 3, 1º, 08140 Caldes de Montbui (Barcelona), ha solicitado ante el Departamento de Economía y Finanzas la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la línea subterránea de interconexión en alta tensión (132 kV) de la subestación SE Magraners, de Endesa Distribución Eléctrica, SLU, con la nueva subestación SE Lleida Est, de Electra Caldense, S.A., en el término municipal de Lleida (Segrià).

De acuerdo con la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico; la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, de regulación del sector eléctrico, modificada por la Ley 17/2007, de 4 de julio; el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, así como los reglamentos técnicos específicos, la solicitud mencionada ha sido sometida a un período de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC núm. 5692, de 13.8.2010, en el BOE núm. 209, de 28.8.2010, y en los diarios Segre y La Mañana, ambos de fecha 11.8.2010.

Asimismo, durante la tramitación del expediente, Electra Caldense, S.A., aporta copia de la Resolución del Ayuntamiento de Lleida, de autorización del permiso para llevar a cabo la instalación de referencia.

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, resuelvo:

-1. Otorgar a la empresa Electra Caldense, S.A., la autorización administrativa de la variante de la línea subterránea de interconexión en alta tensión (132 kV) de la subestación SE Magraners, de Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., con la nueva subestación SE Lleida Est, de Electra Caldense, S.A., en el término municipal de Lleida (Segrià) (Ex. 00032575/09, Ref. H-11265-RL).

-2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación.

-3. Aprobar el proyecto de ejecución mencionado, con las características técnicas siguientes:

Origen: pórtico de salida de la subestación SE Magraners.

Final: subestación SE Lleida Est (a construir).

Tensión nominal: 76/132 kV.

Longitud de la línea: 363 m.

Intensidad nominal: 87,5 A.

Potencia en circuito: 20 MVA.

Número de ternas: 1.

Número de cables: 3.

Factor de carga: 1.

Tipo de cableado: GC Hersatene WB RHZ1/H-50.

Sección del cable: 1x240 mm², aluminio clase 2 (pantalla 50 mm²).

Intensidad del circuito: 1,698 kA.

Normas: UNE 21123 (CEI 502), UNE 21190 (CEI 840).

Peso nominal: 6.700 kg/km.

Tiempo de accionamiento de la protección: 0,04 seg.

Tipo de canalización: intubada dispuesta en triángulo.

Profundidad de la instalación a eje de ternas tubulares: 1,3 m.

Puesta a tierra de las pantallas metálicas: Single Point.

Finalidad: dotar del subministro eléctrico a la nueva subestación SE Lleida Est, de Electra Caldense, SA, a ubicar en el Sur 11, parcela E3, del polígono industrial Camí dels Frares, en el término municipal de Lleida.

Presupuesto: 152.109,41 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo que disponen la normativa antes mencionada, el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y está sometida a las condiciones especiales siguientes:

-1. Las instalaciones se deben llevar a cabo de acuerdo con el proyecto técnico presentado, firmado por el ingeniero industrial señor Oriol Xalabarder Anglí, visado en fecha 22 de septiembre de 2009, con el núm. B-439431, por el Colegio de Ingenieros Industriales de Barcelona, que ha servido de base para la tramitación del expediente, con las variaciones que, si se tercia, se soliciten y se autoricen.

-2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión, aprobado por el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero; el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales, y el resto de las disposiciones de aplicación general.

-3. La empresa titular será la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

-4. El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será de un año contado a partir de la fecha de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

-5. Los Servicios Territoriales podrán hacer las comprobaciones y pruebas que consideren necesarias durante las obras y cuando se acaben, en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución.

-6. Con esta finalidad, el titular de la instalación debe comunicar al órgano administrativo mencionado el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención mientras duren y también su finalización.

En la comunicación de la finalización de las obras se debe adjuntar el certificado de dirección y final de la instalación que acredite que se ajustan al proyecto aprobado, que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas que se han hecho.

-7. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento por parte del titular de la instalación de las condiciones que se impongan.

En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

-8. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para hacer las obras e instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el director general de Energía y Minas, del Departamento de Economía y Finanzas (C/ Pamplona, 113, 4ª, 08018 Barcelona) en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lleida, 20 de diciembre de 2010.- El Director de los Servicios Territoriales en Lleida, Pere Mir Artigues (10.356.154).

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