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Documento BOE-B-2011-27744

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 20 de agosto de 2011, páginas 84215 a 84215 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-27744

TEXTO

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal n.º 28/2011, seguido a instancias de la Procuradora Ana Teresa Kozlowski Betancor, en nombre y representación de Dorotea-Esther González Alemán, con DNI 52838000, y domicilio en calle Bromelia, n.º 22, c.p. 35212, Ingenio, Telde; se ha dictado auto el día 3 de junio de 2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Dorotea-Esther González Alemán con el que se tramitará por el procedimiento concursal abreviado voluntario.

Se designa como Administrador Concursal del concurso al Abogado Luis Valle Sánchez por renuncia de Heriberto González Mateos.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; la intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados podrán comunicar su crédito sin comparecer en forma, para el resto de actuaciones deberán valerse de Abogado y Procurador (art. 184.3 LC).

Don Jesús Alemany Eguidazu, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial. - Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de G.C., 5 de agosto de 2011.- La Secretaria Judicial.

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